El contrato de seguro es la respuesta a una necesidad de dar cobertura a las consecuencias dañosas del acaecimiento de un evento determinado, de un riesgo. Y el riesgo debe entenderse como la posibilidad de que se produzcan lesiones o perjuicios como consecuencia de un caso que en principio es aleatoria. Por lo tanto, el riesgo es el elemento básico del contrato de seguro, por lo que si no hay riesgo, el seguro carece de razón de ser. Pero en sociedades complejas como la nuestra, pocas personas pueden presumir de vivir exentas de riegos. Por esa razón, el concepto de calidad de vida no se entiende hoy día sin una adecuada cobertura aseguratoria que permita al consumidor limitar los riesgos a los que está expuesto, ganando en seguridad para planificar su futuro. Y el consumidor ha de saber también que el seguro es un contrato sumamente complejo, siendo necesario proporcionar a éste la mayor y mejor información que le permita elegir la modalidad de contrato de seguro mas adecuado a sus necesidades reales en cada momento y la ayude a entender las obligaciones y derechos adquiridos con su contratación en los términos que la póliza y la normativa vigente pueda prever.
Y es en este proceso de exigencia de información y asesoramiento, donde más valoramos, como Unión de Consumidores la figura del corredor de seguros. Una profesión de la que nos consta, por las relaciones que mantenemos con E2000, se encuentra imbuida, en tiempos cambiantes como éstos, en todo un proceso de innovación para adecuarse y actualizarse en sus funciones a las exigencias y necesidades del consumidor o usuario del siglo XXI. Porque para la Unión de Consumidores, la importancia del corredor de seguros radica en ser proveedor de unos servicios muy importantes en la vida de muchas personas consumidoras, configurándose, no sólo como garantes de un buscado bienestar como clientes de estos complejos productos, sino también como profesionales a la altura de la confianza que el usuario deposita en ellos. Un consumidor que ha de tener muy presente que la Ley confiere al corredor o correduría la facultad de representar a su cliente ante la compañía, obligándole a no tener ningún vínculo ni signo que suponga afección con las entidades aseguradoras. Y que con ello se trata de ofrecer en todo momento al usuario un asesoramiento imparcial e independiente, de cuyos conocimientos y servicios se beneficia, y así los entendemos desde Unión de Consumidores, el asegurado.
Por todo lo expuesto, en función de las necesidades concretas que requiera o demande el asegurado, el corredor o correduría de Seguros, demostrará su vital utilidad seleccionando las soluciones más eficaces, informando de las condiciones del contrato que conviene suscribir al usuario y, lo que es más importante, cuál debe ser la cobertura más idónea.. Un profesional que completa sus servicios cuidando celosamente por la concurrencia de los requisitos que ha de reunir la póliza para su eficacia y la plenitud de sus efectos. Porque el corredor o correduría están llamados a gestionar absolutamente todos los trámites relacionados con el seguro; a facilitar información acerca de cualquiera de las cláusulas de la póliza durante la vigencia del contrato en que ha intervenido; y, en caso de siniestro, a prestar igualmente su asistencia y muy conveniente asesoramiento en favor del aseguro. En definitiva, cómo Unión de Consumidores insistimos en todo momento en la garantía que representa el poder contar con la profesionalidad de un corredor de seguiros, pues creemos el usuario ha de ser plenamente conocedor de la cualificación profesional y la complejidad de requisitos que la legislación establece para el ejercicio de la correduría de seguros, constituyendo ello sin duda, un reconocido aval de profesionalidad y un riguroso proceso de selección que los consumidores y usuarios deben tener siempre muy presente..
En todo ello radica la importancia de estar respaldado por un corredor de seguros, de un profesional plenamente cualificado llamado a defender los intereses de sus clientes y a acompañarles, tanto en le proceso de contratación o compra para elegir el seguro que mejor se adapte a sus necesidades, como en la propia vida o vigencia de dicho producto aseguratorio. Así, el consumidor ha de saber que está comprando una cobertura y que de no hacerlo correctamente, puede llegar a sufrir graves complicaciones en caso de siniestro, porque debe tener presente que las ventajas de un buen seguro se basarán siempre en poder recuperar satisfactoriamente el valor de los bienes afectados o perdidos, pudiendo vivir con la tranquilidad de que ningún evento perjudicial sobrevenido acabe modificando esa calidad de vida que, preventiva y legítimamente, ha pretendido preservar.
En conclusión, el consumidor ha de ser plenamente consciente de que el corredor de seguros está para asesorarle, acompañarle durante la vida o vigencia de su póliza y defenderle en todo momento, manteniéndose a su lado para defender sus derechos y sus legítimos intereses. Por ello, concientes de la importancia de estos profesionales y de los cualificados servicios que prestan a los consumidores, hace ya algunos años se materializaba la firma del convenio marco de colaboración entre E2000 (organización más representativa del sector) y esta Unión de Consumidores, un instrumento orientado a implicarnos, desde una óptica de cooperación y diálogo en el aseguramiento de la calidad en la prestación de los servicios de los corredores de seguros, dejando constancia de nuestra apuesta de convertirnos en aliados en la mejor defensa de los derechos y de los legítimos intereses de los consumidores y usuarios a los que dignamente aspiramos a representar.