Introducción
Estamos a la víspera del inicio de una campaña electoral en nuestro país, tras una legislatura que se ha caracterizado por la apuesta del gobierno de la nación por una desregulación del sector comercial que perjudica al pequeño y mediano comercio de proximidad, en beneficio de otros formatos comerciales, lo que ha minorado su capacidad de competencia.
Esta política ha restringido la elección por parte del consumidor, y ha ido en contra del modelo de ciudad mediterránea habitual en nuestro país, en el que la vida de los distintos centros urbanos y barrios se sustentan en el tejido del pequeño y mediano comercio, siendo por ello clave el principio de ciudad compacta priorizando el equilibrio en los planeamientos municipales entre los distintos formatos en zonas urbanas consolidadas.
La apuesta del gobierno central por una desregularización del sector amenaza seriamente el comercio de proximidad, destruyendo y precarizando el empleo en el sector.
Desde el conjunto de las organizaciones que representamos, queremos ratificar nuestra defensa por un modelo comercial en el que se regularicen los horarios, en aras a garantizar la coexistencia de los distintos formatos comerciales.
Partiendo del respeto absoluto de las distintas competencias autonómicas en materia comercial, que también han venido siendo vulnerado desde las políticas estatales, en el día de hoy queremos poner en valor la siguiente declaración:
Los sindicatos CCOO y UGT así como la organización empresarial más representativa del sector del comercio en andalucía, CECA, junto con las organizaciones de consumidores más representativas de andalucía, Facua, UCA-UCE y Al–Andalus, ante las próximas elecciones y en relación a la regulación en materia de horarios comerciales
manifiestan:
- El Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, introduce la libertad de horarios con la justificación de que «tendrá efectos positivos sobre la productividad y la eficiencia en la distribución comercial minorista y los precios y proporcionará a las empresas una nueva variable que permitirá incrementar la competencia efectiva entre los comercios. Asimismo, se incrementan las posibilidades de compra del consumidor y, en consecuencia, sus oportunidades de conciliación de la vida familiar y laboral».
- Las modificaciones aprobadas por el Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio y el Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio de modificación de la Ley 1/ 2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales como de la Ley 7/ 1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista, además de constituir un ataque frontal contra el actual sistema de equilibrio comercial consensuado entre el gobierno andaluz y los agentes económicos y sociales de Andalucía supone una invasión de competencias que conculca el estatuto de autonomía para Andalucía, haciendo caso omiso de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
- En este sentido, contrariamente a lo que se ha venido manifestando por parte del Gobierno de España, una mayor liberalización de horarios comerciales no ha traído consigo un aumento de empleo sino todo lo contrario. Así comunidades autónomas con un mayor ordenamiento de aperturas comerciales en domingos y festivos, como Andalucía y Cataluña, generan mucho más empleo que otras como Madrid, que a los dos años de la entrada en vigor, en el mes de julio de 2012, de la Ley 2/2012 de Dinamización de la Actividad Comercial, había perdido 13.748 empleos (2,92%) mientras que Andalucía y Cataluña habían aumentado 1.091 y 1.154 respectivamente.
- La Ley de Comercio Interior de Andalucía ya prevé la completa libertad horaria de apertura para los establecimientos de hasta 300 metros así como en las zonas de gran afluencia turística para determinados períodos del año, a lo que se le suman los 10 domingos y festivos que actualmente los establecimientos comerciales, con independencia de sus dimensiones, pueden permanecer abiertos al público, por lo que se entienden suficientemente cubiertas las necesidades de abastecimiento de los consumidores.
- los agentes sociales intervinientes en el sector comercial de Andalucía, han tenido siempre una posición muy definida sobre la regulación de horarios comerciales, la cual ha sido recogida en la propia normativa autonómica. Ya en la exposición de motivos de la primera ley de comercio interior de Andalucía, Ley 1/1996, de 10 de enero, se afirmaba, al regular los horarios comerciales, que “el objetivo perseguido se enmarca en la defensa de las pymes comerciales, dado que los hábitos de acumulación de compras en domingos y días festivos se concentraba en las grandes superficies, rompiendo el equilibrio de intereses y amenazando con producir la desertización del tejido comercial urbano”.
- En este sentido, Andalucía siempre ha defendido un modelo en materia de horarios comerciales que garantice el equilibrio entre trabajadores, grandes empresas, pequeños empresarios y consumidores y la convivencia de la pluralidad de formatos existentes y que dé respuesta a las necesidades del conjunto de la población.
- Asimismo, el modelo de horarios comerciales en nuestra comunidad siempre ha contado con el consenso entre la administración autonómica y los agentes económicos y sociales.
- La liberalización en materia de horarios comerciales no aumenta el consumo, sino que traslada las compras del comercio de proximidad a los grandes distribuidores, en detrimento del pequeño comercio.
- Actualmente existe un estancamiento de la demanda, pero la oferta se mantiene por lo que la liberalización de los horarios puede suponer una ventaja para las grandes superficies y la desaparición del comercio tradicional de proximidad.
- En materia de promoción de ventas, las medidas aprobadas por el gobierno de España, como la eliminación de los períodos de rebajas y la menor exigencia de condiciones en relación a los productos ofertados, supone un perjuicio para el pequeño comercio y una minoración de las garantías del consumidor, lo que generará incertidumbre y riesgos, así como una merma de su derecho a la información en relación a este tipo de ventas, derecho éste recogido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- La llamada liberalización de la promoción de ventas es una auténtica desregulación que no sólo elimina requisitos en detrimento de los derechos y garantías de los consumidores sino que impide el control de los mismos, provoca dispersión, incertidumbre y desprotección para los consumidores y una menor calidad y competitividad en el sector comercial.
- El modelo actual de horarios comerciales constituye una de las piezas clave del comercio andaluz, modelo éste de comercio urbano socialmente rentable y sostenible, que forma parte de nuestra cultura mediterránea, que garantiza el equilibrio entre los diferentes formatos comerciales, que apuesta por el empleo de calidad y que hace posible la compatibilización de la vida social, laboral y personal.
- Destacamos la importancia del empleo de calidad basado en el modelo de asesoramiento, experiencia, y pofesionalidad de los trabajadores y trabajadoras que dan servicio en el comercio urbano tradicional, manteniéndose los horarios comerciales actuales en Andalucía, buscando la compatibilidad entre el trabajo y la vida personal.
- Por tanto, las organizaciones firmantes, como agentes sociales y económicos del sector comercial de Andalucía, manifiestan su rechazo a la liberalización de horarios comerciales y ventas promocionales.
y acuerdan:
- Sensibilizar a los distintos partidos políticos para que se posicionen con propuestas claras en sus programas para la protección y continuidad de un equilibrio entre los distintos formatos comerciales que beneficien el empleo estable y los derechos de los consumidores garantizando una verdadera competencia.
- Para ello, instamos al futuro gobierno de españa a la derogación del real decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, y reestablezca una planificación comercial básica, que permita el desarrollo sostenible e inclusivo de la actividad comercial en todas las comunidades desde una perspectiva social, económica y medioambiental.
- Seguir defendiendo un modelo de comercio de futuro, profesional, competitivo, de calado social, que atienda de forma equilibrada la demanda comercial de zonas urbanas y rurales, cree ciudad y comunidad, y genere actividad en los cascos urbanos.
- En definitiva, el modelo de comercio mediterráneo que tenemos en Andalucía, que mantiene los centros urbanos y los pueblos vivos, además de ser sostenible, y que apuesta por un empleo de calidad que dignifique las condiciones laborales y sociales de sus trabajadores.
En Sevilla, a 9 de junio de 2016.