La UE obligará a detallar en las etiquetas de los alimentos los niveles de azúcar, sal y grasas.

BRUSELAS, 7 de diciembre de 2010. (EUROPA PRESS). La Unión de Consumidores aplaude la medida que, casi tres años después de negociaciones, acaban de aprobar los ministros de Sanidad y Consumo de la UE. Se trata de una nueva norma que obligará a la industria alimentaria a detallar en las etiquetas de alimentos y bebidas su contenido de azúcar, sal y grasas. Estos datos deberán aparecer en el envase de forma clara y legible. El objetivo de la iniciativa es dar a los consumidores una mayor información que les permita optar por una dieta saludable y contribuir así a la lucha contra la obesidad.

   Esta legislación sobre etiquetado de alimentos no se aplicará finalmente al vino, la cerveza, los licores y las bebidas alcohólicas aromatizadas. Se atienden así las exigencias de países como España, Francia, Italia, Alemania, Portugal, Grecia, Bulgaria, Austria, Chipre y Rumanía, que desde el inicio de las negociaciones solicitaron que el vino quedara fuera de la norma.

   La norma todavía debe ser ratificada por la Eurocámara. Además, los Estados miembros contarán con un periodo transitorio para aplicarla, por lo que no se espera que entre plenamente en vigor hasta 2013 o 2014, según informaron fuentes europeas.

   En concreto, el reglamento obliga a detallar en el envase el contenido de energía, grasas, grasas saturadas, carbohidratos -con referencia específica a los azúcares-, proteínas y sal por 100ml o 100g, aunque también puede indicarse como porcentaje de la cantidad diaria recomendada. Pero se deja a la industria elegir otras formas de presentación, siempre que sean claras y no induzcan a confusión, algo que no gusta a países como España, que prefieren un sistema más armonizado.

   Estos datos deberán ser legibles, con un tamaño de letra de 1,2 milímetros por lo menos (frente a los tres milímetros que había propuesto Bruselas), aunque se contemplan excepciones para los envases pequeños. Se podrá añadir información adicional voluntaria sobre cuestiones como nivel de colesterol o fibra.

   Para el vino, cerveza y licores, la Comisión presentará un informe dentro de 5 años y decidirá entonces si es necesario incluirlos en la norma sobre el etiquetado. Los alimentos no envasados también quedan exentos de la obligación de declaración nutricional, a menos que el Estado miembro en cuestión decida lo contrario.

   Otro de los objetivos de esa norma es proporcionar una mayor protección contra los alérgenos. Para ello, pide que se etiqueten todos los alimentos que contengan sustancias alergénicas (como cacahuetes, leche, mostaza o pescado) o que se indique claramente la presencia del alérgeno de otra forma. Esto supone un paso más respecto a la actual normativa, que sólo se aplica a los alimentos preenvasados. Cuando entre en vigor, los alimentos sin envasar también deberán indicar la presencia de alérgenos.

ORIGEN DE LOS ALIMENTOS

   Como ocurre en la actualidad, la nueva norma establece que los fabricantes pueden escoger voluntariamente si mencionan o no en el etiquetado el país de origen o el lugar de procedencia de los alimentos.

   No obstante, la obligación actual de hacer figurar el país de origen en la etiqueta en la carne de vaca y ternera se extenderá a otro tipo de carnes (cerdo, cordero y ave). Además, Bruselas deberá presentar en tres años un informe de impacto sobre la posibilidad de obligar también a indicar el lugar de origen en otros productos (leche, leche utilizada como ingrediente, carne utilizada como ingrediente, alimentos no transformados o productos hechos con un solo ingrediente).

   España, Alemania, Dinamarca, Suecia y Países Bajos estaban en contra de que sea obligatorio indicar el lugar de origen de la carne de cerdo, cordero y ave porque lo consideran discriminatorio y alertan de que aumentará los costes para los consumidores. Aun así, no han bloqueado la aprobación del reglamento.