Andalucía, 13 de octubre de 2010.El proyecto de Ley de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera ha superado el debate de la enmienda a la totalidad presentada por el grupo parlamentario de Izquierda Unida. Tras la votación realizada esta tarde (97 votos en contra de la enmienda, 7 votos a favor y una abstención) este proyecto de Ley se remite a la Comisión de Agricultura para que siga su trámite parlamentario. Durante su intervención para presentar el proyecto de Ley, la consejera de Agricultura y Pesca, Clara Aguilera, ha destacado que se trata de “una norma ambiciosa que sirve para atender las demandas de los consumidores, aumentar la confianza en los productos agroalimentarios andaluces y ofrecer un nuevo marco normativo para gestionar la calidad como estrategia comercial para incrementar las rentas de los productores”.
A grandes rasgos, la futura ley quedará formada por dos bloques principales de disposiciones: las referidas a la calidad comercial y sus sistemas de control y certificación, y aquellas otras que tienen como objetivo el fomento de la calidad diferenciada.
El primer bloque, de aseguramiento de la calidad comercial, se dirige a incrementar el valor en el mercado con un mayor beneficio para la industria, una mayor renta para los productores y una garantía de transparencia en la información que demandan los consumidores. Para ello, la ley fija sistemas de control que se encomiendan tanto a los operadores (productores industriales, transformadores y comercializadores) como a la Administración.
En el caso de los operadores, el sistema debe tener en cuenta la trazabilidad de los productos (identificación desde su origen hasta que llegan al consumidor); garantizar la veracidad y exactitud de las informaciones incluidas en el etiquetado y la publicidad, y disponer de mecanismos de reclamaciones y retirada de productos.
Por su parte, los controles oficiales de la Administración se centran sobre todo en la prevención y lucha contra el fraude, la verificación de las características de los alimentos y el cumplimiento de la normativa tanto de la calidad comercial como de la diferenciada. El ámbito de las inspecciones abarca la producción, la transformación, la distribución y los puntos de venta.
Además de someterse a estos dos tipos de controles, los productos agroalimentarios deben contar con certificados de calidad comercial emitidos por organismos independientes. En este aspecto, la principal novedad que introduce el proyecto de ley es la exigencia de normas internacionales, principalmente la europea EN 45011, frente a las nacionales que se utilizan actualmente.
Calidad diferenciada
En el terreno de la calidad diferenciada, el proyecto de ley adecua las distintas figuras de protección a las recientes disposiciones comunitarias sobre esta materia. Se distinguen así la Denominación de Origen Protegida (DOP), la Indicación Geográfica Protegida (IGP), la Indicación Geográfica de Bebidas Espirituosas (IGBE, antigua Denominación Específica), la Especialidad Tradicional Garantizada (ETG), la Agricultura Ecológica y la Producción Integrada. A ellas se suman las marcas de titularidad pública, como la de ‘Calidad Certificada’ que gestiona la Consejería de Agricultura y Pesca.
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