Se han dado en Madrid unos casos de estafa con la revisión de las instalaciones del gas por lo que la Unión de Consumidores recuerda a los usuarios las condiciones en las que se debe realizar este tipo de inspecciones. Se trata de un tipo de fraude generalizado que se repite año a año en todas las comunidades autónomas, y del que son víctimas especialmente las personas mayores y de escasos recursos económicos.
Las instalaciones de gas natural y gases licuados del petróleo por canalización (GLP) tienen la obligación de pasar cada 5 años una única inspección por parte de la empresa distribuidora, cuyo coste debe ser abonado por el usuario. En cuanto al gas butano, los usuarios que tengan instalaciones de gas licuado del petróleo envasados (bombonas), la revisión es también cada 5 años, y a cargo del usuario. En este caso se recomienda consultar en la Consejería de Industria la relación de inspectores autorizados y consultar las tarifas y servicios que ofrecen para contratar el más económico.
El distribuidor deberá comunicar a los usuarios, con una antelación mínima de 5 días, la fecha de visita de la inspección que realizará, solicitando que se le facilite el acceso a la instalación. Si no fuera posible efectuar la inspección por encontrarse ausente el usuario, el distribuidor notificará a aquél la fecha de una segunda visita. UCE recomiendo no dejar nunca entrar a personas que se presentan como inspectores del gas si no ha habido antes una comunicación previa por parte de la empresa distribuidora o de la empresa inspectora contratada.
La inspección será realizada por el personal propio o contratado por el distribuidor. El personal contratado deberá someterse a un proceso previo de formación que lo faculte para dicha tarea. Cuando la inspección arroje un resultado, se cumplimentará y entregará al usuario un certificado de inspección. En caso de que se detecten anomalías, si estas son anomalías consideradas principales y no pudieran ser corregidas en el mismo momento, se deberá interrumpir el suministro de gas y se precintará la parte de la instalación pertinente o el aparato afectado, según proceda. En caso de faltas consideradas como secundarias, según la normativa técnica aplicable, se dará un plazo de 15 días naturales para su corrección. La anomalías deberán ser corregidas por un instalador de gas o un servicio técnico que deberá entregar al usuario un justificante de corrección de anomalías según un modelo unificado.
El distribuidor dispondrá de una base de datos, permanentemente actualizada, que contenga, entre otras informaciones, la fecha de la última inspección de las instalaciones receptoras individuales, así como su resultado, conservando esa información durante 10 años. Todo el sistema podrá ser controlado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, cuando este lo considere conveniente.
La normativa establece que la inspección deberá comprobar la estanqueidad de la instalación receptora, la verificación del buen estado de conservación de la misma, la combustión higiénica de los aparatos, y la correcta evacuación de los productos de combustión.