UCA-UCE alerta de que algunos juguetes acuáticos y manguitos no cumplen la normativa de seguridad.

Juguete acuatico UCA-UCE

Andalucía, 11 de julio de 2014. Llegado el periodo estival es el momento de desempolvar todos los pertrechos típicos de estos meses y disfrutar del verano. Pero con mucho cuidado, no todos se adaptan a la normativa vigente y debemos estar atentos para que su uso no suponga un riesgo, sobre todo para los más pequeños, el grupo mayoritario al que van destinados este tipo de elementos. Este verano se cumple tres años de la implantación de la normativa que regula la seguridad en los juguetes, entre ellos, también los acuáticos. Se considera juguete acuático todo aquel que está destinado a ser utilizado en aguas poco profundas y que es capaz de transportar o soportar a un niño en el agua, excluyéndose expresamente de esta categoría los diseñados como ayudas para aprender a nadar o para ser usados en aguas profundas, entre los que encontramos los chalecos hinchables y los manguitos, los cuales tienen cumplir distintos requisitos.

De los productos destinados al juego acuático que se comercializan en nuestro país, una gran mayoría no cumplen la normativa de seguridad que impera en este sentido. Las autoridades achacan este hecho a que casi la totalidad de estos productos proceden del mercado asiático, y que por lo tanto los productos fabricados en China no tienen en cuenta la legislación española en materia de seguridad. De hecho, el 92% de las alertas de consumo generadas en España durante el pasado año fueron de juguetes, y de estas, casi dos de cada tres se trataban de productos elaborados en China.

Con respecto a esta estadística, el primer consejo que queremos dar desde la Unión de Consumidores de Andalucía UCA-UCE es realizar la compra de los juguetes acuáticos o ayudas para nadar únicamente en establecimientos especializados y cerciorarnos de que se tratan de productos fabricados en la Unión Europea. Como siempre decimos, la seguridad de nuestros niños tiene un precio.

Uno de los principales riesgos que supone la utilización de flotadores, manguitos u otros de estos elementos acuáticos es que dan una falsa apariencia de seguridad a los adultos, relajando así su tarea de vigilancia del menor que se encuentra en el agua.

La normativa en materia de seguridad lo explica claramente. Si se trata de un juguete, es obligatorio que se indique en el producto que solo puede utilizarse donde el menor haga pie y bajo vigilancia de un adulto. En cuanto a los equipos para ayudar a nadar, están obligados a advertir que no protegen del riesgo de ahogamiento, es decir, que no se tratan de dispositivos salvavidas. Entre los errores más frecuentes que nos encontramos a la hora de analizar estos elementos son un mal etiquetado (incluso en idiomas distintos al castellano), la mala denominación del producto (llamar a un chaleco como “chaleco salvavidas” cuando en realidad no lo es), o la omisión de la edad mínima de uso recomendada.

La seguridad en el juego de nuestros menores es responsabilidad de todos. Debemos ser exigentes en el cumplimiento de las normas de seguridad y pensar si el precio es de verdad el criterio más importante a tener en cuenta, por encima de otros como la calidad o la seguridad. Del mismo modo las administraciones, responsables del control del mercado, tienen que estar al tanto del cumplimiento de la legislación de todos los productos que se encuentran a la venta en nuestro país. Sería importante replantear, por otro lado, el mecanismo del marcado de Conformidad Europea (CE). La autorregulación y las declaraciones responsables de los fabricantes son un pilar fundamental para mejorar la calidad de los productos que encontramos en el mercado. De otra forma, este marcado quedará como un símbolo inútil más para adornar los envases.

Desde UCA-UCE instamos a las autoridades competentes a que continúen con los controles preventivos que impidan la venta de estos productos inseguros. Insistimos además en la necesidad de implementar estos controles en los productos que tienen mayor transcendencia en los colectivos de especial protección, como es el caso de los menores.