UCA-UCE defiende en el Parlamento la necesidad de solucionar la incertidumbre en la que se encuentran las familias titulares de edificaciones en suelo no urbanizable

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Sevilla, 1 de diciembre de 2015. En la mañana de hoy, una delegación de la Unión de Consumidores de Andalucía (UCA-UCE) ha comparecido ante la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Parlamento de Andalucía para trasladar sus valoraciones sobre el Proyecto de Ley  por el que se modifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenación urbanística de Andalucía para incorporar medidas urgentes en relación con las edificaciones construidas sobre parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable, en el que actualmente trabaja la cámara andaluza.

En su intervención, UCA-UCE ha mostrado su conformidad con el objeto principal de la modificación legislativa propuesta, pues desde la organización se defiende la necesidad y conveniencia de eliminar la incertidumbre en la que se encuentran las edificaciones descritas o contempladas, y lo que es más importante, las situaciones e inconvenientes derivados que padecen los titulares o familias que residen en dichas edificaciones y sus parcelas. Así, desde UCA-UCE se ha demandado que las actuaciones se circunscriban a las edificaciones de uso residencial, de forma coherente con la mayor protección que de este uso concreto se ha venido efectuando por nuestra legislación autonómica en cuanto a que necesariamente se dé respuesta a la problemática social existente en la actualidad..

Desde la organización se ha demandado que, efectivamente, esta nueva regulación se acompañe de medidas eficaces y certeras para garantizar la identificación de edificaciones existentes en suelo no urbanizable y que esta obligación se compute para los municipios o subsidiariamente para la Consejería competente. A este respecto y en cuanto al otorgamiento de un plazo de dos años a los municipios para adoptar las medidas para la identificación de edificaciones aisladas en suelo no urbanizable, se ha considerado excesivo ese plazo de dos años. En este ámbito, desde  se ha criticado también que la previsión de que la Consejería competente en materia de urbanismo -previo requerimiento del municipio correspondiente-, pueda  sustituir la inactividad municipal, no se haya acompañado de la necesaria identificación de los recursos tanto económicos como de personal que la  administración autonómica debería poner o pondría al servicio de este cometido, con la correspondiente cuantificación económica y presupuestaria.

Con relación a las actuaciones a acometer en este tipo de parcelaciones o construcciones, desde UCA-UCE se han valorado positivamente las exclusiones previstas para suelos no urbanizables de especial protección o incluidos en zona de influencia del litoral, bienes o espacios catalogados, parques, jardines o espacios libres o infraestructuras con reservas para dotaciones o determinaciones de ordenación estructural de PGOUs  o Planes de Ordenación Intermunicipal.

La organización, en su comparecencia ha querido poner en valor el llevar años atendiendo este tipo de situaciones planteadas tanto a nivel individual como colectivo por la ciudadanía afectada y el ser consciente de las situaciones que lamentablemente han venido padeciendo y denunciando estos afectados. De hecho la organización ha querido invitar e ir acompañada en su comparecencia por una de las representantes de las plataformas afectadas, concretamente por Luisa Gómez, representando a una de las urbanizaciones del municipio de Carmona.

Por todo ello y a modo de conclusión final, desde UCA-UCE se ha apoyado esta iniciativa legislativa tendente a solucionar de forma eficaz, la incertidumbre en la que se encuentran muchas personas y familias titulares de edificaciones en suelo no urbanizable, que vienen desconociendo sin certeza alguna los derechos y obligaciones respecto de sus edificaciones para las que en su momento la administración competente no adoptó las oportunas medidas disciplinarias. Pero todo ello debe hacerse, se entiende desde UCA-UCE de forma que se permita en todo momento la satisfacción del interés general representado por la protección medioambiental y la preservación de los valores propios de un suelo no urbanizable.