Andalucía, 14 de enero de 2015. El pasado 7 de enero el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, anunció el inicio de una actuación de oficio para conocer en profundidad el ejercicio de la potestad sancionadora por los Servicios de Consumo de la Junta de Andalucía. Desde el departamento que dirige Maeztu también se informó de que la tramitación de quejas en materia de consumo les ha permitido vislumbrar algunos aspectos que consideran que podrían mejorarse, y que son muchas las situaciones en las que los legítimos derechos de las personas consumidoras y usuarias quedan a la voluntad de las empresas sin sanción o reparación alguna. También que los mecanismos judiciales son costosos y lentos, lo que lleva al desistimiento en la mayoría de los casos.
La Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE coincide con este análisis del Defensor del Pueblo Andaluz, y también alerta sobre la dudosa capacidad para la gestión eficaz de las reclamaciones por parte de la Administración andaluza. Nos consta que son muchos los retrasos en la tramitación de expedientes sancionadores y que es posible que prescriban muchos casos. Pero, en cualquier caso, estimamos que lo más grave es la falta de información de la Administración de Consumo sobre las actuaciones que se desarrollan tras la denuncia, que muchas veces esconde la derivación de “la patata caliente” a otros organismos o entidades y la falta de celo en el seguimiento de los procesos de investigación. Un ejemplo claro de tal situación es la increíble peripecia a la que ha asistido, y sigue asistiendo, nuestra entidad tras denunciar en 2009 las supuestas prácticas fraudulentas de publicidad engañosa de diversas marcas de crecepelos. Y especialmente respecto a la marca “Dr. Dalmiro”, que de forma constante nos exige la retirada de informaciones respecto a tal denuncia en nuestros medios de comunicación y en redes sociales. Tal exigencia se acentuó tras la emisión del programa de televisión “El nuevo oro”, de la serie Equipo de Investigación, emitido por primera vez el 3 de octubre de 2014 en la Sexta, en el que recoge la denuncia de UCA-UCE al supuesto crecepelos “Dr. Dalmiro” y las actividades que ejerce. La raíz de este conflicto concreto está en que UCA-UCE puede demostrar que efectuó la denuncia y que ésta fue registrada pero, a estas alturas aún no sabe realmente cuáles fueron los procedimientos que se pusieron en marcha a partir de la denuncia.
El pasado 22 de diciembre de 2014 la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE envió un escrito a la Secretaría General de Consumo de la Junta de Andalucía expresando nuestra preocupación por la ausencia de respuesta a una denuncia formulada en 2009 respecto a la publicidad engañosa que practicaban en Internet diversas marcas de supuestos productos anticalvicie. Y es que la última información oficial referida a dicha denuncia fue la formulada en un escrito el 18 de junio de 2009 por el Jefe de Sección de Información y Atención de Reclamaciones de la Dirección General de Consumo en la que nos comunicaba el recibo de la denuncia, a la que se había otorgado el número de expediente 99000-014399-09/D, y que se había dado traslado de la misma al Servicio de Consumo de la Delegación de Jaén, según el turno de reparto de denuncias entre los Servicios de Consumo de la Junta.
Se daba además la circunstancia de que el 19 de febrero de 2014, Dña. Elisabet Baille, del Departamento Jurídico de Voluntad Digital, en representación de Dr. Dalmiro, una de las empresas denunciadas, nos había enviado un correo electrónico en el que se nos indicaba no tener constancia de que los productos de Dr. Dalmiro hubieran sido denunciados, y nos conminaba a retirar todas las informaciones referidas a dicha denuncia de nuestra web y en redes sociales. Asimismo, el 3 de octubre de 2014, la Sra. Baille remitió a UCA-UCE otro escrito adjuntando un supuesto oficio del Servicio de Consumo Delegación del Gobierno en Jaén en el que se plantea que dicho organismo “no tiene registrada ninguna denuncia específica contra su representado” y que, por tanto, no se había incoado contra dicha empresa ningún expediente sancionador por infracciones a la normativa en materia de consumo. Inmediatamente UCA-UCE intentó ponerse en contacto con el Servicio de Consumo de Jaén para realizar las comprobaciones pertinentes y para que se nos facilitara información actualizada en cuanto al estado de tramitación de la denuncia en cuestión. Pero, tras muchas conversaciones telefónicas infructuosas, a principios de diciembre de 2014 el Servicio de Consumo de la Delegación de Jaén todavía no nos había aclarado si la citada denuncia había seguido su curso normal o no. Al principio se nos conminaba a esperar la llamada del “responsable” de dicho asunto (que en ese momento no nos podía atender). Como, dos semanas después, tal llamada de respuesta aún no se había producido volvimos a insistir dos veces más. En la primera de estas comunicaciones se nos dijo que no les constaba dicha denuncia y que tampoco tenían conocimiento del supuesto oficio de respuesta a Dña. Elisabet Baille. En la segunda llamada sí se nos admitió la existencia de una denuncia con número de expediente 99000-014399-09/D, pero no se nos supo decir si tal denuncia había seguido el desarrollo esperado.
Pues bien, tras la petición de información mediante escrito del 22 de diciembre de 2014, UCA-UCE ha recibido como respuesta de la Secretaría General de Consumo el mismo argumento que ya planteó en 2009, es decir, que la denuncia se trasladó al Servicio de Consumo de Jaén “por si de los hechos se derivasen incumplimientos en materia de consumo”. Parece que después de cinco años los Servicios de Consumo de la Junta de Andalucía todavía no lo tiene nada claro.
En definitiva, y por todo ello, desde UCA-UCE hemos valorado positivamente y apoyado la pertinencia de las actuaciones acometidas desde el Defensor del Pueblo de Andalucía para analizar la efectividad de los procedimientos y de las sanciones en materia de la consumo de los servicios de la Junta de Andalucía. Experiencias propias concretas como la que hemos trasladado en este comunicado ponen de manifiesto la tremenda frustración que se genera a las organizaciones de consumidores y la falta de garantía en la defensa de los derechos de las personas consumidoras y usuarias que constitucional y estatutariamente deben desarrollar administraciones competentes como la Junta de Andalucía.