UCA-UCE muestra su inquietud de que el Decreto-Ley de devolución de las cláusulas suelo pueda ser una oportunidad para la banca y una trampa para los usuarios

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  • El borrador conocido se presta en muchos aspectos a variadas interpretaciones que  no está claro que vayan a favorecer  a los usuarios
  • Afortunadamente, el pacto político alcanzado garantiza la posterior tramitación parlamentaria, lo que brindará la oportunidad de depurar los cuestionados postulados a la fecha detectados

 Andalucía, 19 de enero de 2017.-  La Unión de Consumidores de Andalucía (UCA-UCE)  ante el anuncio por el Gobierno de España de la inminente aprobación de un Decreto-ley para regular la devolución de las cláusulas suelo, si bien valora la oportunidad y obligación del Ejecutivo de supervisar este proceso, también expresa sus temores de que de nuevo se brinden a las entidades financieras oportunidades para burlar la necesaria reparación de los daños causados a los usuarios por esta abusiva cláusula. Se trata de un texto que debe dar respuesta, como no podría ser de otra manera, al cumplimiento de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obligaba a los bancos españoles a devolver lo cobrado con retroactividad total, en lugar de solo desde mayo de 2013, como mantenía el Tribunal Supremo.

Al respecto, de entrada, resulta curioso para UCA-UCE que el borrador a la fecha conocido haya sido tan bien recibido por la banca, a la que no se obliga a devolver nada, pues se limitará sólo a remitir al usuario el detalle de todo lo cobrado de más, pero dejando la oportunidad de que el banco pueda considerar legales estos cobros, lo que podría forzar a muchos usuarios a tener que acudir finalmente a la vía judicial para demandar a su banco. A ello habría que sumar  que el borrador conocido se presta en muchos aspectos a variadas interpretaciones que, en muchos casos,  no está claro puedan llegar a favorecer o beneficiar  a los usuarios. Un ejemplo de ello podría ser lo relativo a si quedaría claro o no, que las devoluciones de lo indebidamente cobrado de más deberán practicarse por las entidades financieras con los correspondientes intereses de demora –que efectivamente tendrían que pagar siempre en caso de una condena-, si la tramitación se hubiese realizado por la vía judicial.

El texto parece se orientará a detallar cómo debe devolver el banco lo indebidamente cobrado, cómo tributarán las cuantías de las devoluciones practicadas y quién supervisará todo este proceso. Así el texto prevé la obligación de las entidades financieras de notificar a los clientes a los que haya aplicado esta cláusula, que se inicia un procedimiento de negociación extrajudicial gratuito para solventar la controversia, contemplando al respecto, un límite temporal para su resolución, la forma de pago (priorizando la devolución en efectivo), la tributación de las cantidades recuperadas y como se regularizarían las deducciones en su día practicadas, las situaciones de acceso a la vía judicial (según las consecuencias de este proceso), las costas procesales si se acaba en los juzgados y la supervisión del mecanismo propuesto.

En materia tributaria, especialmente cuestionable resulta para UCA-UCE la prevista actualización  de las deducciones que los usuarios se hubieran practicado por la adquisición de su vivienda habitual, en el caso de que tales cantidades  hubieran engrosado la base de su deducción, con la correspondiente pérdida del derecho a practicarla y obligando a regularizar la situación tributaria. Para la Unión de Consumidores no es de recibo que unas autoridades que deberían haber velado por el cumplimiento de la legislación que protege a los consumidores y usuarios, ahora pretendan sacar “tajada tributaria” de la situación, cuando lo normal sería que tal exención de volver a tributar, representará en parte la asunción de las correspondientes responsabilidades del Estado en esta controvertida cuestión.

Por lo expuesto, a la fecha, muchas son las dudas que genera  este texto  negociado por el Gobierno con el PSOE y Ciudadanos y orientado a consensuar un procedimiento extrajudicial  de devolución de lo cobrado de más a los usuarios. Si nos parece positivo, en UCA-UCE, que el  citado pacto garantice la posterior tramitación parlamentaria de este Decreto-Ley, lo que brindará la oportunidad de depurar cuestionados y postulados a la fecha detectados. Este escenario, con creces nos parece mejor que el “código de adhesión voluntaria” o de “buenas prácticas”, inicialmente propuesto por el ejecutivo español y que nos parecía marcadamente desequilibrado a favor de la banca.