Andalucía, 3 de Junio de 2011. La Unión de Consumidores informa a los afectados que tienen derecho a reclamar a las empresas que les vendieron las entradas o actuaron como intermediarios tanto la devolución de su importe como las indemnizaciones por los perjuicios sufridos.
Además, recordamos que según la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía y en la normativa reglamentaria de desarrollo de la misma, Decreto 10/2003, la devolución del importe se iniciará desde el momento de anunciarse la suspensión y finalizará cuatro días después del fijado para la celebración del espectáculo público
En el caso de entradas adquiridas mediante reventa, la empresa organizadora no esta obligada a reintegrar el abonar el consumidor no tiene derecho a solicitar el sobreprecio abonado por el consumidor.
Además, la Unión de Consumidores recomienda reclamar a su vez los perjuicios económicos derivados de dichas cancelaciones tales como los billetes de transporte o el alojamiento.
A través del siguiente enlace se puede visualizar un video informativo referente a la "Suspensión de espectáculos"