Las rebajas pierden atractivo para los consumidores andaluces

  • Los cambios normativos, los adelantos o la proliferación de campañas de descuentos provoca que muchos consumidores ni no esperen a las rebajas ni confíen ya en ellas como antes.
  • Los incumplimientos normativos detectados por las inspecciones son de la misma tipología año tras año.

Andalucía, 2 de julio de 2017. Como es tradicional, la Unión de Consumidores de Andalucía (UCA-UCE) presenta su informe sobre rebajas de verano incorporando las tendencias y las previsiones de gastos de los andaluces, así como las indicaciones, consejos y recomendaciones para afrontar con garantías este período de compras.

Los andaluces prevén gastar en estas rebajas de verano una media de 60 euros. Por encima de esta media se sitúan las provincias de Almería (68 euros), Málaga (67 euros) y Cádiz (66 euros) y por debajo las de Córdoba (53 euros), Huelva (54 euros) y Jaén (56 euros). En la media andaluza se moverán las provincias de Granada y Sevilla, ambas con esos 60 euros.

Por sectores de gasto, el textil sigue estando a la cabeza, representando más del 60% del gasto previsto, seguido por el calzado y los complementos 15%. Si   sumamos    la compra de textil con la de calzado y complementos, estaríamos hablando de que de ese desembolso medio de 60 euros, en torno a 45 euros se dedican a la compra de textil y calzado. Los siguientes sectores de gasto en rebajas serían los relacionados con las compras para el hogar, que representan el restante 15% del gasto previsto

 

MARCO NORMATIVO

La aprobación por parte del Gobierno de España del Real Decreto-Ley 20/2012 significó la entrada en vigor de una serie de medidas en relación con las promociones de venta con el objeto de liberalizar el ejercicio de la actividad comercial. Ello supuso de facto la supresión de los periodos obligatorios en los que los comerciantes debían realizar las ventas en rebajas, quedando liberalizados los periodos de realización de las mismas. La situación supone que algunos establecimientos han podido empezar sus ventas en rebajas en cualquier momento. Otros han comenzado a hacerlo durante todo el mes de junio con anuncios y carteles de rebajas o descuentos de entre el 30 y el 70%, cuando lo tradicional en este período estival era que  las rebajas comenzaran el 1 de julio.

Desde UCA-UCE aprovechamos para recordar a las personas consumidoras una serie de consideraciones a fin de paliar el desconocimiento y la incertidumbre que muchas personas siguen teniendo sobre estas modificaciones legales. Así, hay que recordar que “las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial, según el criterio de cada comerciante”, el cual podrá decidir también libremente la duración de cada periodo. Ahora bien, la liberalización señalada de los periodos de rebajas no significa que los establecimientos comerciales de Andalucía puedan hacer ventas en rebajas sin someterse a ningún requisito. Así, en el texto refundido de la Ley de Comercio Interior de Andalucía, con independencia de los periodos donde se lleven a cabo las ventas en rebajas, se siguen manteniendo una serie de características y requisitos que deben respetarse. Todo ello debe ser así con la finalidad de que esta práctica promocional no suponga un menoscabo de los derechos y garantías de las personas consumidoras.

Habida cuenta de los reseñados cambios normativos, desde UCA-UCE y a modo de resumen trasladamos la siguiente reseña explicativa de las características y requisitos que han de respetar los comercios en rebajas.

  • En cuanto a las condiciones generales de venta:
  1. Si el establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada, también debe hacerlo en época de rebajas.
  2. Si el establecimiento admite el pago con tarjetas durante el resto del año, también debe aceptarlo durante el periodo de rebajas.

  • En cuanto a la información y publicidad:
  1. Cuando se anuncia una venta en rebajas, el establecimiento debe disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas.
  2. No podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, sin perjuicio de que pueda anunciarse la de cada producto o artículo en concreto.
  3. Tanto en la publicidad de estas ventas como en la información ofrecida a los consumidores, se deben indicar las fechas de comienzo y el final de las mismas.
  • En cuanto a los precios de los productos rebajados:
  1. Las reducciones de los precios se consignarán exhibiendo, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento.
  2. Cuando se trate de una reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.
  • En cuanto a la separación de los productos rebajados:
  1. Cuando las ventas en rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.
  2. Cuando se efectúe al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada una de ellas.
  • Y finalmente en cuanto a los artículos que no pueden ser vendidos como rebajas:
  1. Los que estén deteriorados por alguna causa, ya que éstos son los considerados saldos.
  2. Los adquiridos expresamente para esta finalidad.
  3. Los que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta al consumidor con un mes de antelación a la fecha de inicio de la venta en rebajas.

Por los datos a los que ha tenido acceso UCA-UCE, los incumplimientos normativos detectados por las inspecciones de  las direcciones generales de  consumo y comercio se reiteran año tras año, a pesar de realizarse en sistema de inspección de “doble vuelta”, con una primera visita de los inspectores meramente informativa y una segunda de comprobación y sanción según la reiteración del incumplimiento. Estos incumplimientos, el descontrol provocado por los cambios normativos  y la dispersión temporal han hecho que para los consumidores andaluces las rebajas estén perdiendo atractivo y cada vez confíen menos en ellas ni las esperen para comprar. Ello no significa que estén gastando menos, sino que están dispersando su gasto sin realizarlo con tanta intensidad en estos períodos de rebajas.

CONSEJOS Y RECOMENDACIONES

UCA-UCE aconseja a las personas que acudan a comprar en rebajas hacer un consumo consciente, inteligente y responsable, que evite realizar gastos superiores a nuestro presupuesto o a los permitidos por la situación de la economía familiar, más en tiempos de crisis. Para ello es fundamental comprar sólo lo necesario, controlar el gasto que se va realizando, no dejarse llevar por el impulso y evitar ir de compras como forma de ocio.

También es también evitar dejarse llevar por las ofertas de créditos rápidos. Otra precaución fundamental es la de elegir productos seleccionados antes del comienzo del periodo de rebajas, lo que permite conocer el precio anterior a la rebaja y evitar caer en la compra de productos de escasa calidad fabricados expresamente para estas fechas.

En cualquier caso, desde UCA-UCE se hace un llamamiento a las personas consumidoras para que no olviden que la rebaja es de precios y no de derechos, haciendo valer los mismos en época de rebajas. La venta de saldos en lugar de rebajas, la ausencia o incorrecciones en el etiquetado son los motivos de reclamación más frecuentes, aunque no los únicos.

Finalmente, desde UCA-UCE se recuerda a todas las personas que compren en rebajas que:

  1. Hay que comprobar que la calidad y la garantía del producto sean las mismas que en cualquier otra época del año.
  2. Los productos de temporada son los únicos que se pueden ofertar en rebajas y lo normal es que hayan permanecido en la tienda antes de dichas rebajas.
  3. En la etiqueta debe constar el precio antiguo y rebajado.
  4. Las formas de pago deben ser las mismas que en cualquier otro periodo.
  5. El ticket de compra o factura es imprescindible para realizar una devolución o reclamación. Además los comercios se encuentran obligados por ley a facilitarlo siempre.
  6. Los productos rebajados deben estar claramente identificados y separados de los que no estén rebajados, para evitar con ello confusiones a los clientes.
  7. Los elementos con taras, desfasados o con deterioros, deberán identificarse como saldos.
  8. Hay que prestar especial atención al régimen de cambios o devoluciones que establezca el comercio, puesto que, salvo en caso de productos defectuosos, no tiene obligación de aceptarlo más que en las condiciones en que se haya informado al consumidor.
  9. La persona consumidora tiene el derecho de pedir la hoja de reclamaciones si no está conforme. Los comerciantes se encuentran obligados por ley a facilitarla y en caso contrario se podrá denunciar al establecimiento ante las autoridades competentes en materia de consumo.
  10. Tanto en rebajas como en cualquier otro periodo de compras es recomendable optar por comercios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.