UCA-UCE en defensa del Modelo Comercial Andaluz

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En rueda de prensa, en la mañana de hoy, la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE, junto a otros agentes económicos y sociales del sector comercial andaluz, comparecía, junto al Consejero de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía, Rafael Rodríguez, para informar sobre las acciones que se van a desarrollar desde Andalucía, en relación con las medidas de liberalización comercial aprobadas recientemente por el Gobierno de España.

En dicha rueda de prensa se presentaba también la Resolución aprobada el pasado 15 de julio por el Consejo Andaluz de Comercio y que transcribimos a continuación.

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Resolución de Consejo Andaluz de Comercio de rechazo a las medidas de ampliación de horarios comerciales contenidas en el contenidas en el REAL DECRETO-LEY 8/2014,  de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, sobre la legislación comercial andaluza. 

El Consejo Andaluz de Comercio, reunido en sesión extraordinaria el 15 de julio de2014, ha acordado por hacer público su rechazo a la nueva ampliación de horarios comerciales contenida en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Consideramos que estas disposiciones en materia de comercio interior constituyen de nuevo una vulneración del Estatuto de Autonomía para Andalucía y del Título VIII de la Constitución.

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En Andalucía, la mayoría de los representantes del sector comercial y la Consejería de Turismo y Comercio, aprobaron un manifiesto contra la liberalización de horarios comerciales hace dos años, en julio de 2012, tras la aprobación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, que ampliaba los horarios comerciales. Representantes de la Consejería de Turismo y Comercio, de la Confederación de Empresarios del Comercio de Andalucía, de los sindicatos UGT y CCOO, y de las asociaciones de consumidores y usuarios de Andalucía UCA-UCE, FACUA Y AL-ANDALUS, firmaron en Granada una declaración contra la nueva regulación de horarios comerciales. En dicha declaración se afirmaba que “La liberalización en materia de horarios comerciales no aumenta el consumo, sino que traslada las compras del comercio de proximidad a los grandes distribuidores, en detrimento del pequeño comercio”.

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No existe un problema de amplitud en los horarios comerciales. La legislación vigente en materia de Horarios Comerciales en Andalucía establece un régimen general con amplias franjas horarias: 90 horas durante días laborables distribuidos libremente por el comerciante y 10 domingos y festivos al año. Además, la Ley de Comercio Interior de Andalucía prevé la completa libertad horaria de apertura, los 365 días del año, en todos los establecimientos de hasta 300 metros cuadrados de superficie de exposición y venta así como en otros supuestos. España dispone de una de las legislaciones menos restrictivas en materia de horarios comerciales, por lo que la equiparación a niveles de otros Estados europeos no estaría justificada en este sentido. Además la legislación básica permite que cualquier Comunidad Autónoma pueda declarar la completa libertad horaria, como ha hecho la Comunidad de Madrid.

Las medidas de ampliación de horarios de apertura no guarda relación alguna con la
actual crisis del sector comercial, que es una crisis de demanda y no de oferta. Una
mayor apertura en domingos y festivos no tiene efectos directos sobre el consumo, ya que nos encontramos ante una crisis que viene marcada por un problema de demanda interna, no ante una crisis del tiempo disponible para consumir. Con esta regulación se impide que la Comunidad Autónoma andaluza pueda desarrollar un modelo comercial ajustado a sus necesidades, a pesar de tener competencias exclusivas en materia de comercio interior.

La liberalización de horarios también atenta contra la apuesta por potenciar el comercio urbano, con consecuencias negativas sobre la convivencia, la cultura y el medio ambiente, y destruye empleo y daña la conciliación familiar. Además resta competitividad al comercio y encarece los productos . La demanda turística está perfectamente atendida ya que la relación entre turismo y comercio se produce en los centros históricos de las ciudades o en la zonas turísticas vacacionales, pero no guarda relación alguna con la oferta comercial de grandes superficies instaladas en las periferias urbanas, por lo que la insistencia en declarar todo el término municipal muestra que el turismo se utiliza como un argumento retórico y no real. Recordamos que todos los establecimientos con menos de 300 metros cuadrados de superficie de venta tienen libertad horaria las 24 horas al día y los 365 días del año.

La experiencia demuestra que la liberalización de horarios no reactiva el comercio. Los estudios más recientes como el realizado por la Confederación Española del Comercio Minorista sobre “El impacto de la liberalización de horarios comerciales en el sector” muestra cómo la destrucción de empleo en CCAA con mayor libertad horario se acelera en mayor grado que en aquellas que no existe alto nivel de liberalización comercial. Además la relación entre liberad comercial y crecimiento de la actividad comercial también es negativo, es decir, las CCAA con menos libertad comercial presentan tasas de variación en su volumen de ventas menos negativo que las CCAA con más libertad comercial. Tampoco la relación entre libertad comercial y crecimiento de la ocupación minorista no es significativa y es de signo contrario al esperado, es decir, las CCAA con menos libertad comercial presentan tasas de variación en su ocupación menos negativas que las CCAA con más libertad comercial.

A todo lo dicho hay que añadir que la proliferación de modificaciones continuadas de las normas del Estado para condicionar el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de comercio, y especialmente en materia de horarios comerciales, vulnera el principio de seguridad jurídica.

Por todo lo expuesto anteriormente, el Consejo Andaluz de Comercio acuerda:

1- Hacer público el rechazo de este Consejo Andaluz de Comercio a las medidas de
ampliación de los horarios comerciales contenidas en el citado Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, sobre la legislación comercial andaluza.

2- Instar al titular de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía
para que proceda a solicitar al Ministro de Economía y Competitiva que efectúe la
tramitación parlamentaria como ley del actual Real Decreto – ley 8/2014 y que, durante la misma, se supriman los art. 4, 5, 6, y 7, así como del anexo I, del mismo,
absteniéndose de ampliar los horarios comerciales hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el recurso planteado por la Junta de Andalucía contra el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio y, en todo caso, mediante el diálogo y el consenso con las Administraciones que detentamos las competencias exclusivas en comercio interior.

Andalucía, Julio de 2014