UCAUCE presenta su informe sobre las rebajas de verano 2019

  • Los cambios normativos y la proliferación de campañas de descuentos adelantadas y dispersas hacen que los consumidores no esperen las rebajas ni confíen ya en ellas.
  • La previsión media de gasto en rebajas se estanca en Andalucía en los 55 euros de media.
  • La almerienses son los que más prevén gastar en las rebajas de este verano y los onubenses los que menos.

Andalucía, 29 de junio de 2019. Como es tradicional, la Unión de Consumidores de Andalucía (UCAUCE) presenta su informe sobre rebajas de verano en 2019 incorporando las tendencias y las previsiones de gastos de los andaluces, con datos autonómicos y por provincias. También se trasladan las indicaciones, consejos y recomendaciones para afrontar con garantías este período estival de compras.

Los andaluces mantienen estancada su intención de gasto y prevén gastar en estas rebajas de verano una media de 55 euros. Por provincias, y por encima de esta media andaluza, se sitúan Almería (67 euros), Málaga (62 euros) y  Córdoba (58 euros) y por debajo las de Huelva (45 euros), Cádiz (47 euros) y Granada (48 euros). En la media andaluza se moverán las provincias de  Jaén y Sevilla con 55 y 54 euros, respectivamente.

PREVISIÓN DE GASTO REBAJAS DE VERANO POR PROVINCIAS

ALMERÍA          67

CÁDIZ                47

CÓRDOBA       58

GRANADA       48

HUELVA          45

 JAÉN               55

MÁLAGA         62

SEVILLA         54

ANDALUCÍA     55

Como viene siendo tradicional, por sectores de gasto, el textil sigue estando a la cabeza, y representará más del 60% del gasto previsto, seguido por el calzado y los complementos con un 15%. Si   sumamos    la compra de textil con la de calzado y complementos, estaríamos hablando de que de ese desembolso medio de 55 euros, en torno a 42 euros se dedican a la compra de textil y calzado. Los siguientes sectores de gasto en rebajas serían los relacionados con las compras para el hogar, que representan el restante 15% del gasto previsto.

Tal y como venimos señalando desde UCAUCE, en los últimos años, las ventas en rebajas vienen perdiendo atractivo para las personas consumidoras desde la aprobación por parte del Gobierno de España del Real Decreto-Ley 20/2012. La reforma normativa supuso de facto la supresión de los periodos obligatorios en los que los comerciantes debían realizar las ventas en rebajas, quedando liberalizados los periodos de realización de las mismas. Así, como viene siendo habitual desde UCAUCE aprovechamos la presentación de este informe para recordar a las personas consumidoras una serie de consideraciones a fin de paliar el desconocimiento y la incertidumbre que muchas siguen teniendo sobre las mencionadas modificaciones legales. De entrada, con la nueva normativa, “las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial, según el criterio de cada comerciante”, el cual podrá decidir también libremente la duración de cada periodo.

A continuación, señalamos las principales normas aplicables a las ventas en rebajas:

En cuanto a las condiciones generales de venta:

  1. Si el establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada, también debe hacerlo en época de rebajas.
  2. Si el establecimiento admite el pago con tarjetas durante el resto del año, también debe aceptarlo durante el periodo de rebajas.

En cuanto a la información y publicidad:

  1. Cuando se anuncia una venta en rebajas, el establecimiento debe disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas.
  2. No podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, sin perjuicio de que pueda anunciarse la de cada producto o artículo en concreto.
  3. Tanto en la publicidad de estas ventas como en la información ofrecida a los consumidores, se deben indicar las fechas de comienzo y el final de las mismas.
  4. En cuanto a los precios de los productos rebajados:
  5. Las reducciones de los precios se consignarán exhibiendo, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento.
  6. Cuando se trate de una reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.

En cuanto a la separación de los productos rebajados:

  1. Cuando las ventas en rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.
  2. Cuando se efectúe al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada una de ellas.

Y finalmente en cuanto a los artículos que no pueden ser vendidos como rebajas:

  1. Los que estén deteriorados por alguna causa, ya que éstos son los considerados saldos.
  2. Los adquiridos expresamente para esta finalidad.
  3. Los que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta al consumidor con un mes de antelación a la fecha de inicio de la venta en rebajas.

CONSEJOS Y RECOMENDACIONES

Como primera regla, desde UCAUCE se aconseja a las personas que acudan a las rebajas no realizar gastos superiores a su presupuesto o a los permitidos por la situación de la economía familiar. Para ello es fundamental comprar sólo lo necesario, controlar el gasto que se va realizando, no dejarse llevar por el impulso y evitar ir de compras como forma de ocio.

Otra precaución fundamental es la de elegir productos seleccionados antes del comienzo del periodo de rebajas, lo que permite conocer el precio anterior a la rebaja y evitar caer en la compra de productos de escasa calidad adquiridos expresamente para estas fechas por los comerciantes. En cualquier caso, desde UCAUCE se hace un llamamiento a los consumidores para que no olviden que la rebaja es de precios y no de derechos, haciendo valer los mismos en época de rebajas.

Finalmente, desde UCAUCE aconsejamos y recordados a las personas que compren en rebajas que:

  • Hay que comprobar que la calidad y la garantía del producto sean las mismas que en cualquier otra época del año.
  • Los productos de temporada son los únicos que se pueden ofertar en rebajas y lo normal es que hayan permanecido en la tienda antes de dichas rebajas.
  • En la etiqueta debe constar el precio antiguo y rebajado.
  • Las formas de pago deben ser las mismas que en cualquier otro periodo.
  • El ticket de compra o factura es imprescindible para realizar una devolución o reclamación. Además los comercios se encuentran obligados por ley a facilitarlo siempre.
  • Los productos rebajados deben estar claramente identificados y separados de los que no estén rebajados, para evitar con ello confusiones a los clientes.
  • Los elementos con taras, desfasados o con deterioros, deberán identificarse como saldos.
  • Hay que prestar especial atención al régimen de cambios o devoluciones que establezca el comercio, puesto que, salvo en caso de productos defectuosos, no tiene obligación de aceptarlo más que en las condiciones en que se haya informado al consumidor.
  • La persona consumidora tiene el derecho de pedir la hoja de reclamaciones si no está conforme. Los comerciantes se encuentran obligados por ley a facilitarla y en caso contrario se podrá denunciar al establecimiento ante las autoridades competentes en materia de consumo.
  • Tanto en rebajas como en cualquier otro periodo de compras es recomendable optar por comercios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.

Finalmente, desde UCAUCE queremos recordar que la venta de saldos en lugar de productos de temporada rebajados, la ausencia o incorrecciones en el etiquetado o la limitación de los derechos de las personas consumidoras son los motivos de reclamación más frecuentes, aunque no los únicos.