- La alarma sanitaria vivida y la crisis económica derivada del COVID 19 desploman el presupuesto y la previsión de gasto en las rebajas de los andaluces.
- A ello hay que sumar que la proliferación de campañas de descuentos adelantadas y dispersas representa que los consumidores confíen cada vez menos en las rebajas.
- La previsión media de gasto en rebajas apenas superará los 50 euros.
- Las provincias de Málaga y Almería son los que más prevén gastar en las rebajas de este verano y Cádiz y Huelva las que menos.
Andalucía, 30 de junio de 2020. Como es tradicional, la Unión de Consumidores de Andalucía (UCAUCE) presenta su informe sobre rebajas de verano en 2020 incorporando las tendencias y las previsiones de gastos de los andaluces, con datos autonómicos y por provincias. También se trasladan las indicaciones, consejos y recomendaciones para afrontar con garantías este período estival de compras.
La alarma sanitaria vivida este año y la crisis económica derivada del COVID 19 desploman el presupuesto y la previsión de gasto de los andaluces en las rebajas de verano de este 2020, en un porcentaje superior al 11%. En este sentido, si la previsión de gasto del pasado año 2019 superaba los 55 euros, en este 2020, a duras penas llegará a los 50 euros. En este declive de las rebajas hay que tomar también en consideración que la proliferación de campañas de descuentos adelantadas y dispersas hace que los consumidores confíen cada vez menos en las rebajas.
Por provincias Málaga (58 euros) y Almería (54 euros) son las que más prevén gastar, mientras que Cádiz (42 euros) y Huelva (44 euros) son las que prevén menos gastos en rebajas.
PREVISIÓN DE GASTO REBAJAS DE VERANO
POR PROVINCIAS
ALMERÍA 54
CÁDIZ 42
CÓRDOBA 53
GRANADA 45
HUELVA 44
JAÉN 49
MÁLAGA 58
SEVILLA 52
ANDALUCÍA 49,62
Como viene siendo tradicional, por sectores de gasto, el textil sigue estando a la cabeza, y representará más del 60% del gasto previsto, seguido por el calzado y los complementos con un 15%. Los siguientes sectores de gasto en rebajas serían los relacionados con las compras para el hogar, que representan el restante 15% del gasto previsto.
Como viene siendo habitual desde UCAUCE aprovechamos la presentación de este informe para recordar a las personas consumidoras una serie de consideraciones a fin de paliar el desconocimiento y la incertidumbre que existe sobre la regulación de las rebajas. De entrada, con la normativa vigente, “las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial, según el criterio de cada comerciante”, el cual podrá decidir también libremente la duración de cada periodo. A continuación, señalamos las principales normas aplicables a las ventas en rebajas:
- En cuanto a las condiciones generales de venta:
- – Si el establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada, también debe hacerlo en época de rebajas.
- – Si el establecimiento admite el pago con tarjetas durante el resto del año, también debe aceptarlo durante el periodo de rebajas.
- En cuanto a la información y publicidad:
- – Cuando se anuncia una venta en rebajas, el establecimiento debe disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas.
- – No podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, sin perjuicio de que pueda anunciarse la de cada producto o artículo en concreto.
- – Tanto en la publicidad de estas ventas como en la información ofrecida a los consumidores, se deben indicar las fechas de comienzo y el final de las mismas.
- En cuanto a los precios de los productos rebajados:
- – Las reducciones de los precios se consignarán exhibiendo, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento.
- – Cuando se trate de una reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.
- En cuanto a la separación de los productos rebajados:
- – Cuando las ventas en rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.
- – Cuando se efectúe al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada una de ellas.
- Y finalmente en cuanto a los artículos que no pueden ser vendidos como rebajas:
- – Los que estén deteriorados por alguna causa, ya que éstos son los considerados saldos.
- – Los adquiridos expresamente para esta finalidad.
- – Los que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta al consumidor con un mes de antelación a la fecha de inicio de la venta en rebajas.
CONSEJOS Y RECOMENDACIONES
Como primera regla, desde UCAUCE se aconseja a las personas que acudan a las rebajas no realizar gastos superiores a su presupuesto o a los permitidos por la situación de la economía familiar. Para ello es fundamental comprar sólo lo necesario, controlar el gasto que se va realizando, no dejarse llevar por el impulso y evitar ir de compras como forma de ocio. Otra precaución fundamental es la de elegir productos seleccionados antes del comienzo del periodo de rebajas, lo que permite conocer el precio anterior a la rebaja y evitar caer en la compra de productos de escasa calidad adquiridos expresamente para estas fechas por los comerciantes. En cualquier caso, desde UCAUCE se hace un llamamiento a los consumidores para que no olviden que la rebaja es de precios y no de derechos, haciendo valer los mismos en época de rebajas.
Finalmente, desde UCAUCE aconsejamos y recordados a las personas que compren en rebajas que:
- Hay que comprobar que la calidad y la garantía del producto sean las mismas que en cualquier otra época del año.
- Los productos de temporada son los únicos que se pueden ofertar en rebajas y lo normal es que hayan permanecido en la tienda antes de dichas rebajas.
- En la etiqueta debe constar el precio antiguo y rebajado.
- Las formas de pago deben ser las mismas que en cualquier otro periodo.
- El ticket de compra o factura es imprescindible para realizar una devolución o reclamación. Además los comercios se encuentran obligados por ley a facilitarlo siempre.
- Los productos rebajados deben estar claramente identificados y separados de los que no estén rebajados, para evitar con ello confusiones a los clientes.
- Los elementos con taras, desfasados o con deterioros, deberán identificarse como saldos.
- Hay que prestar especial atención al régimen de cambios o devoluciones que establezca el comercio, puesto que, salvo en caso de productos defectuosos, no tiene obligación de aceptarlo más que en las condiciones en que se haya informado al consumidor.
- La persona consumidora tiene el derecho de pedir la hoja de reclamaciones si no está conforme. Los comerciantes se encuentran obligados por ley a facilitarla y en caso contrario se podrá denunciar al establecimiento ante las autoridades competentes en materia de consumo.
- Tanto en rebajas como en cualquier otro periodo de compras es recomendable optar por comercios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.
Finalmente, desde UCAUCE queremos recordar que la venta de saldos en lugar de productos de temporada rebajados, la ausencia o incorrecciones en el etiquetado o la limitación de los derechos de las personas consumidoras son los motivos de reclamación más frecuentes, aunque no los únicos.