Igualmente ocurre con las posibles reclamaciones, quejas o consultas que puedan surgirles al consumidor una vez que se ha aventurado a adquirir un producto de una empresa on-line. Cuando surge cualquier problema, cuestiones como a quién dirigirse, cómo probar la existencia de un contrato (que no está firmado y en muchos casos no existe) o cómo reclamar a alguien que está a miles de kilómetros del domicilio del adquiriente se convierten en problemas mucho más difíciles de resolver en una compra on-line que mediante comercio tradicional.
De cara a arrojar un poco de luz, debemos recordar que la legislación actual sobre comercio electrónico equipara legalmente el contrato electrónico con cualquier otro contrato. Sin embargo, el hecho de que prácticamente ningún consumidor tenga aún su certificado de firma digital, puede llevarnos a pensar que si se da el caso de que el comerciante niegue nuestra personalidad, no podremos hacer nada.
Se espera que la llegada del D.N.I. electrónico asegure las transacciones vía Internet, dado que cada consumidor podrá identificarse inequívocamente, si que quepa duda acerca de su personalidad, de esta manera se podrán certificar no sólo el contenido del contrato, sino también de la identidad de los contratantes.
Además de esta iniciativa legislativa, numerosas entidades y empresas privadas están también implantando sistemas tendentes a limar la desconfianza del consumidor y crear un sistema eficiente, accesible, justo y barato para resolver los problemas que puedan surgir.