LA CRISIS PROVOCA, EN EL ÚLTIMO AÑO Y MEDIO, QUE AUMENTEN LOS NEGOCIOS DE COMPRA-VENTA DE ORO

En un momento de crisis como el actual, hay un sector que está experimentando un auge espectacular, es sin duda, el de los establecimientos de compra-venta de oro, con tiendas distribuidas por todo el territorio nacional. Una forma de negocio, cada vez más de moda, por la baja inversión que supone ponerlos en marcha.

La venta, compra y empeño de oro son las tres tipos de operaciones que pueden realizar los ciudadanos en este tipo de negocio. Si el artículo se vende se lleva directamente a fundir y si, por el contrario se empeña, tiene que ir pagando mensualmente unos intereses para que su joya no salga a la venta.

Las personas que venden oro a estas tiendas son, normalmente, familias que están pasando por apuros económicos con bastantes dificultades para llegar a fin de mes, así que, deciden reunir todas sus joyas y las venden en dichos establecimientos en unas condiciones “poco recomendables”. Al ser una actividad que no está sujeta a regulación alguna, la persona que quiere vender sus objetos de valor o joyas tiene que “someterse” a unas reglas bien distintas a las del mercado normal. En este tipo de actividades comerciales el usuario se encuentra unas condiciones de venta un tanto particulares: en primer lugar, nunca se obtiene el precio real de la joya, se suele pagar entorno al 20% de su precio real; es decir, se devalúa el 80% su valor, a la hora de tasar no se tiene en cuenta la artesanía de la joya, sólo la cantidad de oro puro que lleva, en segundo lugar, hay una situación permanente de indefensión, el cliente nunca llega a conocer el valor real de la joya (la cantidad de oro, número de quilates,etc.) y, en la mayoría de los casos, la necesidad empuja a hacer un mal negocio.

A este respecto, desde la Unión de Consumidores recomendamos asesorarse de profesionales, acercarse a una joyería de confianza o especializada para conocer las características reales de la joya que queramos vender y su precio real de venta y, con esa información, intentar no malvender.

Una vez que el cliente ha vendido el oro a las tiendas, son los inversores quienes compran el oro, ya que es un valor que no suele bajar de precio. La razón por la que lo compran en estas tiendas y no en otros lugares como joyerías se debe a que en estos establecimientos los clientes vendes sus joyas a un precio menor al del mercado, por lo que ellos pueden comprarlo a un precio similar al de mercado o un poco más alto, además de la tienda, que se queda con un 30% de la operación.

Los objetos que se compran en estos negocios son usados, de 18 quilates (oro fino) que son lo que habitualmente se adquieren en joyerías, porque los de 24 quilates son los que se utilizan para lingotes y monedas.

Una de las opciones para vender es acudir a los comercios que ponen “Compro oro”, centrados en la adquisición de joyas elaboradas con este precioso metal. Son negocios que no están regulados por ley y cuyo funcionamiento es adquirir, invertir para después reciclarlo y volverlo a poner al mercado.

Otro tipo de establecimientos donde se realizan estas transacciones son las casas de compra de oro. En estos negocios se solicita el envío de las joyas por correo, las tasan y presupuestan y, en función de este proceso les adjudican un precio. De estar conforme, envían el dinero o, en caso contrario, remiten la joya de vuelta. El hecho de no estar presentes en el momento de tasación o el dudar de la información que proporcionan sobre las características de la joya (número de quilates, cantidad de oro…) incluso el miedo de que se pueda perder el envío por el camino crean cierta desconfianza en el posible vendedor.

Por ello, desde la Unión de Consumidores recomendamos asegurarnos de la seriedad y solvencia de la empresa donde se quiere vender el oro, en este sentido, es recomendable ir a una joyería o tienda física donde compran oro y allí ver en “in situ” como lo tasan, lo pesan y dan un precio y si interesa, realizar la operación. La compraventa de oro, pese a no estar regularizada, si que sigue (en algunos casos) o debería de seguir (en otros) un riguroso proceso para garantizar la operación.

Proceso que es importante conocer: Al cliente se le exige copia del DNI, mientras que el propietario se encarga de realizar una foto a cada pieza que se le entrega y rellena un formulario de dos copias: una para el libro de registro y otra para la policía, por si los objetos que se quieren vender son robados. Las joyas deben permanecer, al menos, 15 días inmovilizadas para comprobar que no proceden de un robo. A partir de entonces, las tiendas pueden vender la mercancía a las empresas que se encargan de fundirla en lingotes de oro. En el caso de que la persona en lo que esté interesado sea en la compra de oro, sólo cabe solicitar y adquirir el certificado del bien que se quiera comprar.

 

RECLAMACIONES A EMPRESAS DE ALQUILER DE COCHES Y AUTOCARAVANAS CRECEN UN 44%

Málaga, 27 de Julio de 2010 (EFE). Las reclamaciones a las empresas de alquiler de coches y autocaravanas aumentaron un 44 por ciento en 2009 con respecto al año anterior, por lo que la Junta de Andalucía realizará una campaña hasta finales de septiembre para vigilar que éstas respetan los derechos que asisten a los consumidores.

Los inspectores de Consumo de la Junta controlarán como mínimo un centenar de establecimientos de este tipo repartidos por las ocho provincias andaluzas con el objetivo de evitar posibles abusos contra los usuarios, según informa un comunicado de la Junta.

Dentro de los establecimientos que serán objeto de inspección durante esta campaña están incluidos los que ofrecen servicios en aeropuertos, estaciones e incluso en aquellos talleres de reparación de vehículos que ofrezcan alquiler de coches, dado que en ocasiones cuentan también con este tipo de prestaciones.

Del centenar de inspecciones que se efectuarán como mínimo en establecimientos de alquiler de vehículos de Andalucía, está previsto que los inspectores de Consumo hagan 8 en Almería; 15 en Cádiz; 9 en Córdoba; 12 en Granada; 7 en Huelva; 8 en Jaén; 20 en Málaga, y 21 en Sevilla.

Los incumplimientos en los precios, la desatención a los consumidores y las cláusulas abusivas son los motivos más frecuentes que están detrás de las denuncias presentadas por los usuarios.

Los inspectores de Consumo solicitarán al establecimiento inspeccionado ejemplares firmados de cada uno de los tipos de contrato que se oferten por parte de dicha empresa y en ellos se prestará especial atención a la inclusión de cláusulas abusivas y la utilización de prácticas desleales.

El consumidor tiene derecho a contar con una información clara sobre el precio final del servicio, incluyendo impuestos, así como sobre los conceptos que integran la cantidad total que deberá abonar el usuario.

Las sanciones recogidas en la normativa andaluza por la presencia de cláusulas abusivas en los contratos y por la detección de prácticas fraudulentas que vulneren los derechos de las personas consumidoras pueden llegar a los 30.000 euros, al considerarse infracciones graves.