Medio Ambiente firma un acuerdo con el sector publicitario.

MADRID, 7 de febrero de 2011(EUROPA PRESS).La ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM), Rosa Aguilar, ha firmado este lunes un acuerdo de colaboración con el presidente la Asociación Española de Agencias de Comunicación Publicitaria (AEACP), Carlos Martínez Cabrera, para la promoción de una publicidad y la aplicación de buenas prácticas en el uso de argumentos ambientales en la publicidad.

   Con este acuerdo, la AEACP –formada por 45 agencias– se compromete a colaborar con el MARM tanto en la difusión del Código de autorregulación sobre argumentos ambientales promovido por el MARM, como del acuerdo de colaboración, según señala el departamento de Rosa Aguilar.

   En este sentido, Medio Ambiente estima que la publicidad debe contribuir a la tarea de proporcionar al consumidor "información adecuada", que le permita hacer opciones de compra ambientalmente responsables por lo que, a su juicio, "los mensajes publicitarios no deben abusar de la preocupación de los consumidores por el medio ambiente ni aprovechar su posible falta de conocimiento en materia ambiental".

   Por ello, el MARM considera que los mecanismos de regulación voluntaria pueden constituir, en primer término, una opción eficaz para promover una publicidad socialmente responsable, que asegure una competencia leal entre las empresas y que facilite a los consumidores argumentos claros y demostrables para permitir decisiones de compra.

   Medio Ambiente recuerda que, en el año 2009, en colaboración con la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), se puso en marcha un 'Código de autorregulación sobre argumentos ambientales en las comunicaciones comerciales' que fue suscrito por 20 de las principales empresas del sector energético y del sector de la automoción.

   Tras la firma del acuerdo, la ministra ha hecho entrega de los Diplomas a los ganadores del Concurso 'Crea tu eslogan por el clima', una convocatoria de la Secretaría de Estado de Cambio Climático del MARM para jóvenes creativos menores de 25 años con el fin de promocionar la sensibilización en relación con el cambio climático.

   El primer premio de esta primera edición ha recaido sobre Alejandra de Miguel Moreno, de la Universidad Europea de Madrid, mientras que el Accesit se ha concedido a la propuesta de Yeray Gómez Fernández, de la Universidad CEU de Elche.

   El jurado ha hecho otras dos menciones especiales a los trabajos presentados por las alumnas de la Miami Ad School, Andrea Aguilar Jiménez y Martina Ricciardi. En total, se presentaron 68 propuestas de estudiantes de publicidad y marketing de 14 centros universitarios de toda España, según precisa Medio Ambiente.

 

 

El TS avala la prohibición de anunciar bebidas alcohólicas en vallas publicitarias.

MADRID, 7 de febrero de 2011(EUROPA PRESS). El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que Bacardí España S.A presentó contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que ordenó la retirada de unos anuncios de whisky colocados en vallas publicitarias del Paseo de la Castellana y el Paseo de la Habana de la capital.

   La resolución avala las previsiones al respecto de la Ley de la Comunidad de Comunidad de Madrid 5/2002, sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos  Las vallas, que contenían publicidad sobre la marca de whisky "White Label" en grandes letras, y fueron denunciadas por la Asociación de Usuarios de la Comunicación.

   El juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda, interpretando que la norma comunitaria no prohíbe expresamente la publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública. La Audiencia Provincial, sin embargo, entendió que la ley no permite este tipo de publicidad.

   La sentencia del alto tribunal dada a conocer este lunes, cuyo ponente es el presidente de la Sala de lo Civcil, Juan Antonio Xiol Ríos, confirma la interpretación realizada por la Audiencia Provincial relativa a dicha Ley autonómica, considerando que en ella se regula la prohibición de publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública, sin que los argumentos esgrimidos en el recurso de casación fueran suficientes para desvirtuar esta interpretación.

   Dice la sentencia que la interpretación literal de la norma avala esta posición pues se impide la publicidad de bebidas alcohólicas en lugares donde la venta, el suministro y el consumo esté prohibido, incluyéndose dentro de estos lugares la vía pública, aún cuando la norma contenga excepciones (para las terrazas, veladores, o en días de fiesta o fiestas patronales o similares regulados por la correspondiente ordenanza municipal).

PUBLICIDAD EN TERRAZAS

   Sobre la publicidad en las terrazas, señala el alto tribunal que no puede aceptarse que la afectación en la salud sea la misma que la de los anuncios en la calle, ya que en aquellos lugares la propaganda "tiene un efecto limitado" desde el punto de vista del número de personas al que se dirige en relación con la vía publica y la totalidad de quienes transitan por ella.

   También considera la Sala que el derecho a la libertad de empresa no puede obligar a efectuar una interpretación restrictiva de dicha normativa, pues la finalidad de la norma es proteger otro derecho, que es el de la salud pública, sometida esta a un alto nivel de protección de acuerdo con los principios del Derecho de la Unión Europea y cuyo ataque supone una afectación de derechos fundamentales de primer orden, como son la vida y la integridad física y psíquica.